Visa por motivos de religión y culto
Máximo: 90 días.
Pueden solicitar este tipo de Visa los perteneciente a la religión católica o a los cultos reconocidos por el Estado Italiano, con Decreto del "Ministero dell'Interno".
Para obtener dicha Visa es necesario:
• carta de la Congregación religiosa en Italia que indique en detalle la actividad que el solicitante realizará, la duración de permanencia y la dirección donde el extranjero residirá; tal carta tendrá también que indicar claramente que la Congregación se hará cargo de los gastos financieros del extranjero, como así de su seguro médico; • carta de la Congregación religiosa local que declare que el interesado pertenece a la misma y que irá a Italia por los mismos motivos indicados en el punto anterior; • para los solicitantes de fe católica, las cartas tendrán que ser visadas por la Nunciatura Apostólica; los solicitantes de otras religiones tienen que contactar la Oficina Visas.
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